Vedia, 31 de Octubre de 2017.
VISTO:
Que se cumplen las circunstancias previstas en el Artículo 68º, inciso 2º), de la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO: (Ver más)
Que se cumplen las circunstancias previstas en el Artículo 68º, inciso 2º), de la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO: (Ver más)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario